Full text: Pedregal Sánchez Calvo, José Manuel: Tesis: La prerrogativa regia y la reforma constitucional

DISCURSO 
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toda la tradición militar de la institución monárquica, es casi 
imposible que se sustraiga a la gloriosa sugestión de consi¬ 
derarse sucesor de los caudillos sus antepasados, y será, poi 
lo tanto, realmente admirable que lo consiga. En la mayor 
parte de los casos creemos que los Gobiernos que han de 
responder siempre de los actos del roy han de nocesitar un 
exquisito tacto para conllevar una situación verdaderamente 
dificil. 
En la misma Inglaterra, la reina Victoria consideraba al 
ejéreito como dependiendo particularmente del soberano, y 
no dejó de suscitar algunas dificultades para aceptar en ab¬ 
soluto con Gladstone, que siendo el ejército uno de los gran¬ 
des poderes del Estado, no puede tener a la cabeza más que 
personas responsables ante el Parlamento. 
En nuestro pais estas dificultades han sido acrocentadas 
por la intervención que, desgraciadamente, ha tenido que 
tomar el ejército durante todo el siglo pasado en las luchas 
politicas, con influencia inevitable en el espiritu de los re¬ 
ves. Y tan natural como la propensión en los reyes a creerse 
jefes efectivos del ojército, es la de los ejércitos a conside¬ 
rar esto como un gran bien, especialmente en el comienzo de 
los reinados. El hacer comprender a los reyes que la efec¬ 
tividad del mando militar, no sólo es inadmisible en la teo¬ 
ria constitucional, sino funesta a la larga, y llevar al ejéroito 
el convencimiento del verdadero espejismo que supone el 
creer tal efectividad conveniente, no es tarea fâcil para un 
estadista que no tenga una grandisima autoridad. Desgracia- 
damente no han sido pocas las ocasiones en que los minis¬ 
tros, lejos de ser dique, han sido complacientes halagadores 
de tales estimulos, hasta el punto de que lo sorprendente, en 
realidad, es que no haya caido en mayores excesos en nues¬ 
tro pais el militarismo de los reyes. Hasta se les han brinda¬ 
do facilidades para organizar una actuación sobre el ejército 
francamente inconstitucional (que eso representa el decreto 
de creación del cuarto militar, sobre el supuesto de que era 
para el ejercicio del articulo 52 de la Constitución, o sea para 
Max-Planck-Institut für 
s y Politicas 
uropäische Re 
htsgeschicht
	        
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