DEL SR. D. FELIPE OLEMENTE DE DIEGO
Asi, Gierke (1), al explicar las cualidades de la convicción
que forma uno de los elementos del Derecho consuetudina¬
rio, dice que ésa debe ser de Derecho, y tener, en tanto, por
contenido una norma de voluntad establecida como regla ex¬
terior é incondicionalmente obligatoria del obrar. Una con
vicción, agrega, que se refiere á un deber moral, sólo inte
riormente obligatorio,ó á una exigencia de la costumbre (3so¬
cial?), no incondicionalmente decisiva, no produce derecho
consuetudinario. El solo uso social, dice en nota, puede te¬
ner importancia juridica como medio de interpretación de la
voluntad de las partes; asi, en especial el art. 279 del Código
de Comercio para los usos sociales del comercio (Handelssitte)
ó usos de asuntos ó negocios (Geschäftgebrauch), cuya distin-
ción del Derecho con suetudinario comercial (Handelsgebrauch,
por otro nombre) fué introducida en la teoria por Goldsmidt,
Laband, Berhd.....
Köhler, al empezar el estudio de esta materia en su Lehr¬
buch der burgerliches Recht (2) rechaza la concepción mecäni-
ça de la costumbre, y exalta el elemento espiritual de dére¬
cho que la informa, sin lo que el Derecho consuetudinario se
confundiria con la mera costumbre social. Aludiendo à los
Weisthümes germánicos y a las costumbres francesas, dice
que netamente distinguieron lo que valia por mera costumbre
natural (precaria y no obligatoriamente) de lo que valia, se¬
gün derecho, la coutume y los usages. Al final de esta parte
de su libro (pág. 116) trata ex profeso con sobriedad de la di
ferencia entre Derecho consuetudinario y uso de asuntos.
Iguales testimonios podriamos obtener en Crome (3), Heil¬
fron (4), Endemann (5) y otros muchos mås.
Op. cit., pág. 167 del vol. I.
Berlin, 1904, pág. 106 del vol. 1.
Sustem des deutschen Burgerliches Recht, Friburgo, 1900; vol. 1.,
påginas 86 y 87.
(4) Lehrbuch des Burgerlichen Recht. — Allgemeine Theil, 2.4 ed.,
Berlin, 1900; pág. 24.
(5) Endeman, Lehrbuch des Burgerlichen Recht; Berlin, 1900; pägi¬
na 53 del vol. I.
Max-Planck-Institut für
Real Academia de Ciencias Morales y Politicas
europäische Re
chtsgeschichte