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DISCURSC
está que en unos y otros hay muchas excepciones, tan plau¬
sibles como honrosas.
Resulta, pues, que los Ayuntamientos, por punto general
y salvo épocas contadas, están entregados á los más activos,
quienes al poco tiempo de comenzada su gestión se hacen
duenos y senores del Municipio. Con éstos tiene que contar
el Alcalde en primer término: sin ellos no podrá vivir; con
tra ellos, perecerá seguramente.
Por este motivo aparece siempre en los grandes Ayunta¬
mientos aquel otro grave mal del profesionalismo concejil,
à que quiso poner remedio la ley Mellado. Dicho se está que
no todos los habituales de la concejalia merecen censura,
antes por el contrario, algunos, no pocos, sirven con colo y
eficacia los intereses de la ciudad.
Los Ayuntamientos de reducido vecindario están aque¬
jados de otro sensible dano, que cada dia se acentûa con
mayor fuerza. El peso de las responsabilidades, la interven¬
ción continua del Poder central, la sujeción à la cadena que
comienza en el Ministerio de la Gobernación, llega al Go¬
bierno civil, pasa por la Comisión provincial y termina en el
Ayuntamiento, puesto todo esto en relación con los movi¬
mientos, directos ó reflejos, de la politica hace que las per¬
sonas de autoridad social, aquellos que, como vulgarmente
se dice, «tienen algo que perder», oludan sistemáticamente
el formar parte de los Ayuntamientos y sean elegidos los
que tienen solvencia escasa, los de condición social mâs in¬
fima, designados para el cargo por aquellos que tienen ma¬
yor posición é influencia en los pueblos, con lo cual consi¬
guen tener la dirección del Ayuntamiento sin asumir la res-
ponsabilidad, con grave y notorio perjuicio de los intereses
del vecindario.
Esta no es nota caracteristica de toda Espana, pero si de
muchas regiones, y, como decia antes, es un procedimien¬
to que da resultados tan buenos para quienes lo emplean
que, por desgracia, tiene cada dia mayor nûmero de segui¬
dores.
Max-Planck-Institut fü
rales y Politicas
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