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DISCURSO
caracteristicos se senala dentro de la unidad nacional, un
liberal que no aliente, que no estimule, que no proteja la
exuberancia latente de la vida local procurando despertar¬
res. En el discurso del Trono de 1881 se consignó que la intervención de
los pueblos en sus propios asuntos exige proyectos y resoluciones del Go
bierno que han de conducir à tal fin, reconstituyendo económicamente
los Municipios y las Provincias con la reforma de leyes que hacen imposi¬
ble la satisfacción de las más legitimas aspiraciones locales.
»El discurso de la Corona de 1886 declara urgente que la vida adminis¬
trativa se desarrolle mediante la intervención de los ciudadanos de cada
localidad en los propios asuntos, y aségura que el Gobierno ha de armo¬
nizar las leyes Municipales y Provincial, reforma indispensable para sa-
tisfacer los legitimos anhelos de los pueblos.
»El discurso de 1893 habla de reformas trascendentales en la Hacien-
da provincial y municipal.
»El de 1901 promete una reforma honda en la ley Municipal, encami
nada å reconocer å los Ayuntamientos la plenitud de sus facultades. En
el programa de 1902 se ofrece un proyecto de ly sobre Administración
local, encaminado à conceder à los Municipios los medios necesarios para
que cese la situación precaria en que se encuentran
»El programa de los exministros de 1903 afirma que urge otorgar à
los Municipios y à las provincias medios para desenvolverse.
»En el discurso de 1905 se habla de la autonomia de las Corporaciones
populares y de que la reforma de la Administración local es indispensable
»Moret, en su famoso discurso en Consejo de Ministros ante el Roy, es
timó indispensable conceder expansiones à la vida local.
»En aquel inolvidable movimiento renovador suscitado por las Cáma
ras de Comercio, la Asamblea de productores de Zaragoza, la Cámara
Agricola de Barbastro y la Unión Nacional, que agitó á Espana en los
anos 1898, 1899 y 1900, se formularon aspiraciones concretas acerca del
régimen local. Pidieron un nuevo método electoral que asegurase la re¬
presentación de todas las clases sociales, comprendiendo, naturalmente,
la obrera; concesión à las Provincias y Municipios de muy amplia descen
tralización económica y administrativa; delegación, desmembración,
como se quiera decir, de servicios atribuidos al Estado, y por ultimo, que
las Provincias puedan formar agrupaciones siempre que asi lo acuerden,
con la conformidad de la mayoria de los Ayuntamientos.
»Recuérdese el Mensaje dirigido à la Reina Regente por la Mesa de la
Asamblea de Zaragoza en 27 de Noviembre de 1898, en que se habla tam
bién de organización electoral por gremios y clases, se protesta de que
el Poder central ahogue la vida de los pueblos, se acentua mas la deman¬
da de la descentralización. Y luego, en el Mensaje de Julio de 1899, ele¬
vado à las Cámaras, y en el Mensaje de 8 de Noviembre del propio ano,
å la Reina Regente, con mayor vehemencia aun se solicita la reforma
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