687
DEL EXCMO. SR. D. ANTONIO GARCIA ALIX
tantemente ó por pasiones colectivas ó por audacias indivi¬
duales que ejercen impresión sobre la masa, enamorados de
todo lo nuevo sin examinar su conveniencia, fácilmente arras¬
trados à los mayores extravios, sin plena conciencia de lo
que en el orden moral significan y del grave dano que à la
sociedad se causa, necesitamos que el poder ejercido por el
Rey en el régimen constitucional y parlamentario sea tan
vigoroso y robusto que pueda en momentos decisivos ser el
dique ante el cual se estrellen las olas agitadas de los apa¬
sionamientos ó del interés menguado de atrevidas minorias
que, en determinados momentos, logran imponerse à la masa
tranquila del pais por medio del desenfreno y de la audacia.
Y si estos hechos no pueden desconocerse, aun me con¬
viene indicar que la tan decantada división de Poderes co¬
mienza å perder su realidad cientifica en, el Derecho püblico,
que ya proclama, y no ciertamente por pensadores reaccio¬
narios, sino por los de ideas más avanzadas y radicales, que
el Poder es uno, y que dentro de esa unidad no cabe otra
cosa que meros órganos de ejercicio.
La teoria de la división de Poderes ha sido desde el ori¬
gen del régimen constitucional una de las más discutidas, y
bien puede afirmarse, examinando la doctrina sustentada por
los más ilustres tratadistas, que no se ha llegado à resolver
asentándola sobre principios fijos é invariables de la ciencia
del Derecho politico. Hoy constituye, á mi entender, un pro¬
blema planteado, y hasta me atrevo å afirmar que la solución
mâs racionalmente aceptable es aquella que se pronuncia
contra tal división de Poderes, sin que amengüe en lo mâs
minimo los derechos consignados en las Constituciones y las
garantias otorgadas para imposibilitar que el Poder dege¬
nere en absoluto ó arbitrario.
Entre los adversarios de la división de poderes hay tra¬
tadistas de autoridad reconocida como Bonald, Saint Roman,
Sthal y, en cierto punto de vista, Taparelli. La teoria de Luis
Blanc es absoluta cuando afirma que «el Poder no es divi¬
sible, pues, como la voluntad, es uno ó no es». Llega à esta
Max-Planck-Institut für
uropäische Rechtsgeschichte