DEL DR. D. EDUARDO SANZ Y ESCARTIN
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ciativas individuales. El Estado no senala legislati-
vamente, como en otros tiempos, los cultivos à que han
de dedicarse las tierras, los procedimientos y calidades
de la fabricación; no dicta, como Diocleciano, la tarifa
de salarios y los precios de todas las mercancias, ni
impone à cada cual el consumo adecuado à su clase.
La autonomia más completa rige el orden económico,
y ünicamente cuando esta independencia perturba en
algün punto el buen régimen social, adopta la autori-
dad medidas inspiradas unas veces en la tutela que
le corresponde sobre los que no saben ó no pueden usar
de su derecho, como son las llamadas leyes del trabajo.
las que tienden á evitar los abusos del crédito y las de
asistencia; otras, en la necesidad de impedir la pérdida
de la riqueza pûblica, como son las restricciones á la
circulación internacional; y otras, por ultimo, fundadas
en consideraciones juridicas y sociales de diversa indole
à las cuales pertenece todo lo relativo á leyes de suce¬
sion. Mas, à pesar de estas limitaciones, si se compara
el regimen actual con los pasados, puede afirmarse que
la vida económica goza de plena libertad.
Los ordenes intelectual y moral alcanzan también
en nuestros dias una independencia casi absoluta, y.
en algun punto, quizá excesiva. No coarta en nada,
por regla general, esta independencia el auxilio que,
en cumplimiento de una misión importantisima, aun-
que no esencial, prestan los Gobiernos á la instrucción
publica. Todo el mundo es libre de profesar y expresar
las opiniones cientificas que tenga por verdaderas. No
hay cuerpo alguno del Estado que monopolice el saber.
Y en cuanto á la moral, su emancipación es evidente.
Las reglas morales no son hoy objeto de imposición
autoritaria, como lo fueron en otras épocas. El hombre
cumple ó infringe las leyes del orden ético por su pro¬
pio y espontáneo impulso. Sólo á Dios tiene que dar
Real Academia de Ciencias Morales y Politicas
europäische Rechtsgeschichte