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pectivo provecho no puede quedar confundido el bien pû¬
blico.
Mediante la idea del Estado personalizado, se le concibe
como un ser perpetuo, cuya existencia no admite interrup¬
ción ni discontinuidad. Todo el progreso de la ciencia ha
consistido en reemplazar la confusión introducida por la
teoria patrimonial entre la personalidad del Estado y la del
Principe, en atribuir caracteres juridicos a la simple sobera¬
nia de hecho equivalente al predominio de la fuerza, y en
reducir a una sola las dos personalidades desmembradas à
quienes respectivamente se encomendaba el cuidado de las
obligaciones civiles y de los actos de mando. Sin introducir
en la ciencia el concepto fundamental de un sujeto unico
y permanente, de una colectividad nacional organizada, en
nombre y por interés de la cual obran los órganos que acci¬
dentalmente la representan, queda desprovisto de toda base
racional y cientifica el Derecho publico.
La lógica obligaria, desaparecida la idea de una persona¬
lidad con existencia duradera, a no admitir la de los lazos
creados para el Estado por los tratados, ni por las leyes,
ni por las obligaciones pecuniarias, concertados, promulgados
o adquiridos en nombre de un Estado perpétuo, inmutable
e idéntico a si mismo; a sostener, como lo hacia Lebret en
el siglo XVII, en su tratado de la Souveraineté du roi, que el
Principe no tiene obligación de pagar las deudas de su pré¬
decesor, como no sea para descargar la conciencia y cumplir
las leyes del honor (135).
Mediante el concepto del Estado-sujeto, puede, llegar¬
se a una definición lógica de las obligaciones del Estado,
a una construcción sólida y claramente razonada de la
(135) Lebret, Souveraineté du roi, lib. IV, cap. IX. Citado por Michoud, Théorie
de la personnalité morale, tomo I, pág. 50. Para eludir tales consecuencias y col¬
mar el vacio que deja la ausencia de la teoria del Estado-sujeto, se apela al rodeo
de que el principe confirme los actos de aquel a quien sucede. Bodin sostiene ya
que la soberania es perpetua cuando la forma de gobierno es la aristocracia o la
democracia, es decir, cuando reside «en el cuerpo o en una clase de la nacion que no
muere jamás». V. Esmein, ob. cit., tomo 1, pág. 3, nota.
Max-Planck-Institut für
ader
nia de Ciencias Morales y Politicas
europäische Rechtsgeschichte