Full text: Tornos Laffitte, Cirilo: ¬El bien comun y nuestro derecho privado

vigorosos contornos el concepto del bien comûn. Ello le permi¬ 
te aplicarlos, guiado por espiritu constructivo, a problemas ac¬ 
tuales de orden social y económico, referentes a la tierra, a 
la vivienda, a la contratación y a los seguros sociales, sin ol¬ 
vidar tampoco aquellos otros que miran a la educación e ins¬ 
trucción y al fomento de los valores espirituales conducentes 
a un justo ordenamiento social. 
Permitaseme, siquiera sea con la obligada brevedad de mi 
intervención en este acto, anadir unas palabras a las bien orien¬ 
tadas que, finalmente, el senor Tornos dedica al aspecto in¬ 
ternacional. 
El bien comùn, que en la Etnarquia cristiana medieval, uni¬ 
da por el vinculo de una misma fe, respondia a un fundamento 
objetivo, a una verdad ontológica, pasó en buena parte de 
Europa, por obra de la Reforma, a depender del movedizo y 
subjetivo principio del libre examen. 
De otra parte, la formación de los grandes Estados moder¬ 
nos vino a estimular los individualismos nacionales, imbuidos 
del falso dogma de la soberania absoluta, cada uno de los cua¬ 
les perseguia, en general, su propio bien, con olvido del de 
la comunidad, aun cuando a veces simulara confundirlos. 
No incurrió, ciertamente, Espana en esta suplantación al 
realizar la mas alta empresa de nuestra historia, en América 
y en Filipinas. La huella que Espana dejó alli es el más irre¬ 
futable testimonio de que no fué en busca de un bien utilita¬ 
rio y particular, sino de un bien comûn a nativos y espannoles: 
la civilización cristiana de que, bajo todas sus facetas, les hi¬ 
cimos participes, y que ha sobrevivido, como patrimonio espi¬ 
ritual, también comùn, a la emancipación politica de aquellos 
pueblos. 
La doble idea de comunidad y de universalidad fué unida 
al genio espanol siempre, y de modo especial en los momen¬ 
tos de mayor apogeo de nuestra politica en el mundo. Nuestros 
grandes teólogos y juristas de los siglos XVI y XVII, especial¬ 
mente Vitoria y Suárez, alzaron su voz no para recabar, como 
espanoles, a la manera que más de un pensador de otros pue¬ 
blos hizo, privilegios abusivos para su Patria, ni tampoco para 
pretender, como católicos, resucitar la Etnarquia cristiana me¬ 
80 
Max-Planck-Institut für 
Real Academia de Ciencias Morales y Politicas 
europäische Rechtsgeschichte
	        
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