TENSION ENTRE CREENCIAS Y DERECHO.
Si la exposición que antecede responde a la realidad, en ella estâ
ya la respuesta a la pregunta que acabamos de hacer: el ordenamiento
juridico, el derecho vigente, aparecerá corrientemente a los ojos del
contemporáneo como "retrasado". Habrá siempre como una distan¬
cia entre las soluciones que el derecho consagra y las que se abren
paso en las ideas y conocimientos de la época.
Algunos sociólogos han llamado la atención sobre el hecho de que
asi como en la vida social hay supersticiones, esto es, formas residua¬
les de creencias que ya no están vigentes en la sociedad, también hay
supervivencias populares de conducta que toman por derecho lo que en
la sociedad organizada actual (en los tribunales y las leyes) ha dejado
de serlo. Trátase, pues, de verdaderas "supersticiones juridicas'
Cuando la creencia social general ha consagrado otro derecho, los re¬
siduos del antiguo son, en efecto, como una superstición frente al nue¬
vo orden juridico (7).
Pero no siempre está claro dónde termina la supervivencia y dón¬
de empieza la superstición. La supervivencia de antiguas creencias ju¬
ridicas, no ya contra el derecho vigente, sino en él, es mucho mayor
de lo que suele creerse. La genial visión de Jung del "inconciente co¬
lectivo" que ha mostrado las atavicas raices del mismo tiene algo que
ensennarnos a los juristas. Y junto a este fenómeno, y confirmándo¬
lo por contraste, está el de que para las nuevas generaciones puede
llegar a aparecer todo derecho "recibido" como una superstición que
no responde al nivel de sus creencias. Acaso no siente toda genera¬
cion en mayor o menor grado una especie de tirantez entre las creen¬
cias y aspiraciones que considera propias de su tiempo y las solucio¬
nes que frente a ellas ofrece el sistema legal de la sociedad?
En todo caso esa tensión ha sido caracteristica histórica del mundo
moderno. El estado del espiritu que provoca encontró su expresión li¬
teraria clásica en los famosos versos del "Fausto" de Goethe:
... "Se heredan los derechos y las leyes como perpetua enfermedad
incurable” ... "del derecho nacido con nosotros, de ese joh dolor ! no
se nos habla nunca" (8).
Los versos son coetáneos de los albores de la revolución francesa,
anno 1789. Hay en ellos un soplo del mismo espiritu que desencadena¬
do en vendaval fué ésta? No parece probable. Goethe tuvo muy poco
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Max-Planck-Institut für
Real Ac
Ciencias Morales y Politicas
mia d
uropäische Rechtsgeschichte