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Los autores se preguntan si actualmente existe esa doble
especie de equidad en el Código, inclinándose la mayor par¬
te de ellos a la opinión negativa. Se fundan en que todos los
cánones en que se habla de equidad explicita o implicitamen¬
te, con excepción del canon 20, la presentan de una misma
forma y bajo una misma faceta, o sea como un elemento sub-
jetivo «de prudencia», «de paternidad», «de sobriedad», «de
circunspección», «solicitud pastorab y «de caridad», que es lo
que se Ilama equidad natural.
D'ANGELO define esta equidad natural diciendo : «La jus¬
ticia eclesiástica mâs perfecta, la cual, con vistas al bien es¬
piritual comun o privado, mitiga suavemente en los casos
concretos los derechos estrictos de los fieles.»
Es el juez el encargado de hacer esa mitigación, pero te¬
niendo presente que es muy peligroso el fingirse una equidad
a su arbitrio y el faltar a la ley con pretexto de esa equidad
que algunos han denominado cerebrina.
Esta equidad juridica, en su esencia, suele Ilamarse equi¬
dad natural, porque ha de ser formada por el juez, viniendo
a ser un elemento modificativo del Derecho y teniendo fuerza
creadora, ya que sugiere una norma a veces más ligera y a
veces mas pesada, que ha de ser aplicada en un caso deter¬
minado.
Por eso la define D'ANGELO : «El elemento correctivo del
Derecho, en virtud del cual el juez eclesiástico, con vistas
al bien espiritual comun o privado, aplica en un caso concre-
to las normas existentes, mitigándolas o agravándolas.»
El susodicho autor expone asi los elementos de esa equi¬
dad natural: Primero, existencia de una norma aplicable a un
caso determinado, en lo cual discrepa ya de la equidad canó¬
nica; segundo, necesidad de la corrección del Derecho, pues
no se trata de una interpretación teórica de la ley; tercero,
sin que interese nada que agrave la misma ley, lo que ocurre
raras veces, o que la mitigue con suavidad, que es lo que
ordinariamente acaece.
La función creadora, reconocida ya en el juez por ARIs-
TOTELES y apropiada para si mismos por los emperadores
Max-Planck-Institut für
as Morales y Politicas
europäische Rechtsgeschichte