Full text: Rojas, Julio N.: Contratos de juego y apuesta

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Jornas las antigas obedecian mas à imperiosas circuns¬ 
tancias historicas, como he dicho) y con aprobacion sin 
limites de los maestros, que la han formulado, unos 
lespués de un analisis minucioso de sus fundamentos y 
atros por mandato empirico de su conciencia, que se des¬ 
cubre facilmente en la sutileza de argumentos con que 
pretenden lejitimar esa inconsecuencia, à un partido toma¬ 
do de repudiar por su esencia el contrato de juego. Por¬ 
talis, por ejemplo, en su Esposicion de Motivos y Duver¬ 
gier, trataban de fundar la no repeticion, en el fin de no 
combatir la propiedad consolidada por la tradicion. 
Pero todas las repeticiones quebrantarian tambien la 
propiedad y sin embargo la ley, imperiosamente las for¬ 
mula. En el caso de una obligacion ilicita, como preten¬ 
den que es el contrato de juego, se habria consolidado 
mucho menos la propiedad, que en los casos distintos de 
repeticion. 
Ahora bien, si la ley como ultima paladra de ciencia, 
por el acuerdo unanime de los jurisconsultos ha estable¬ 
cido la no repeticion, ha dado como hemos visto una 
consagracion al contrato, esa consagracion no se estenderà 
al caso de no haberse efectuado el pago, porque indiscu¬ 
tiblemente la satisfaccion de la deuda no hace mas po¬ 
situva la obligacion, que en el- caso en que ella no se ha 
électuado, pero en que el contrato, invariable, existe por 
et acuerdo de un consentimiento perfecto. La tradicion 
no tendria mas efecto, que la trasmision de la propiedad 
der objeto pagalo, sin afectar la naturaleza del contrato 
de que es consecuencia.
	        
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