Metadaten : Cossio, Luís: Derecho de propiedad

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contrarios  que  defender,  distinguió  una  persona -
  de  otra,  senaló  las  cosas  diversas  que
una  persona  puede  conseguir  y  las  acciones
que  el  poder  social  le  ofrece  para  rechazar
todo  ataque  al  ejercicio  de  su  derecho.
Dejando  aparte  las  personas  y  las  acciones, -
  punto  cuya  explicación  no  nos  corresponde, -
  nos  dedicaremos  tan  solo  à  las  cosas
y  à  su  división,  puesto  que,  ellas  son  el
fundamento  sobre  el  cual  reposa  la  propledad -
  civil  y  cuyo  conocimiento  es  necésario
para  comprender  esta  ültima.
Poco  seguro  é  indeciso  ha  sido  el  desarrollo -
  de  la  idea  de  la  propiedad  individual -
  y  la  historia  nos  la  presenta  como
emanación  del  Estado  ó  de  la  comuna  unas
veces,  ó  como  simple  derecho  de  uso  o
propiedad  de  la  familia  ó  de  la  tribu  otras.
El  principio  absoluto  sobre  el  que  reposa
fué  poco  conocido  ó  respetado  en  un  principio. -
  Hoy  ya  no  es  asi  y  aunque  las
legislaciones  hacen  derivar  del  Estado  el
dominio  absoluto  sobre  una  cosa,  reconocen
sin  embargo  su  fundamento  en  la  personalidad -
  humana  individual,  que  crea  entre  el
individuo  y  la  cosa  un  vinculo  fisico  juridico
tan  inviolable  y  absoluto  como  la  misma
personalidad  de  la  que  es  su  resultado,
            
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