Volltext : Corvalán, César D.: ¬El derecho de propiedad

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curso  del  tiempo  se  adquiere  la  propiedad  de
otro;  debe  su  origen  este  modo  de  adquisicion  à
la  ley,  la  que  establece  las  condiciones  necesarias
para  que  ella  se  opere;  y  tiene  su  fundamento  en
el  interés  social.
Por  la  tradicion  se  adquiere  también  la  proplédad. -
  Consiste  en  un  acto  por  el  cual  la  persona
duefia  de  una  cosa,  traspasa  à  otro  su  derecho  sobre
ella,  por  un  acto  propio  entre  vivos,  siendo  condicion -
  indispehsable  que  exista  una  justa  causa
para  la  tradicion,  y  la  capacidad  necesaria  de  una  y
otra  parte  para  adquirir  y  transferir  la  propiedad.
Por  ultimo  se  adquiere  también  el  derecho  de
propiedad  por  la  sucesiôn,  que  tiene  lugar  cuando
el  traspaso  de  la  propiedad  se  efectua  por  el  fallecimiento -
  de  la  persona  6  por  disposicion  de  ultima -
  voluntad.
—  Nuestro  Código  Civil,  que  prescribe  y  reglamenta -
  todo  lo  concerniente  al  derecho  de  propiedad, -
  establece  en  el  libro  III,  Titulo  V,  Capitulos -
  L.  II,  ILy  IV,  como  medios  de  adquirirla:  la
abropiacion,  que  se  extiende  à  todas  las  cosas
muebles  sin  duefio  (res  nullius)  6  abandonadas  por
su  duefio,  comprendiendo  también  la  caza  y  la
pesca,  arts.  2525  y  2527;  la  especificacion  6  transformacion, -
  que  se  opera  cuando  alguién  por  su
            
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