Volltext : Aguirre, Juan Pedro: ¬La cuenta corriente

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la  rectificacion  de  la  cuenta  por  errores  de  cáleulo,  omisiones
articulos  estranos  ó  indebidamente  llevados  al  débito,  6  duplicacion -
  de  partidas,  se  prescribe  por  el  termino  de  cinco
anos.
En  iqual  término  prescriben  los  intereses  del  saldo,  siendo
pagaderos  por  ano  6  en  periodos  mas  cortos.
La  accion  para  solicitar  el  arreglo  de  la  cuenta  corriente.
A  la  conclusion  de  la  cuenta  corriente  cualquiera  de  las  partes
tiene  dereclio  para  exijir  su  arreglo  y  el  pago  del  saldo;  y,  en
el  caso  que  hubiese  habido  errores  de  cálculo,  omisiones,  articulos -
  estranos  6  indebidamente  llevados  al  débito  6  crédito,
la  accion  de  rectificacion.  El  arreglo  de  la  cuenta  corriente
puede  ser  privado  ó  judicial:  cuando  el  arreglo  es  privado  la
parte  acreedora  remite  à  la  otra  el  resultado  de  la  cuenta  corriente -
  y  esta  lo  acepta  ó  lo  objeta.  La  accion  judicial  puede  ser
para  el  arreglo  total  ó  para  elabono  de  alguna  partida.  La  accion -
  para  el  arreglo  judicial  tiene  por  objeto  hacer  arreglar  la
cuenta  por  el  juez  cuando  las  partes  no  la  puedan  arreglar  privadamente. -

El  pago  judicial  ö  estrajudicialmente  reconocido.  Una  vez
hecho  el  arreglo  de  la  cuenta  corriente  la  parte  acreedora  tiene -
  siempre  accion  para  el  pago  del  saldo,  escepto  cuando  hubiese -
  en  ia  cuenta  algunos  articulos  con  la  condicion  de  saloo
encaje.
O  la  rectificacion  de  cuenta  por  errores  de  cálculo,  omisiones, -
  articulos  estranos  ó  indebidamente  llevados  al  débito  6
crédito  6  duplicacion  de  partidas.  Cuando  las  partes  han  ar¬
            
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