Full text: Imhoff, Carlos: Constitucionalidad de los artículos 187 y 188 del Código de Comercio

o mutiladas suelen oponerle, entonces se acu- 
mula, digamos asi, como un torrente detenide, se 
infiltra à través de los muros y como este, acaba 
por Ilevarlo todo por delante ó se desborda irre- 
sistible para seguir el curso que leyes naturales 
le han fijado. Su desarrollo necesita un campo 
Ilano y adecuado: facilidad en las transacciones. 
rapidez en el transporte, seguridad y eficacia en 
los contratos, crédito ámplio, caminos, telégrafos, 
puentes, buques, ferrocarriles, á todo pide su con- 
tingente y todo debe estar organizado de modo 
que su acción no sea sinó un solo y eficaz factor 
de su prosperidad. 
Dado este carácter del comercio, esta multipli- 
cidad de factores que concurren á su desarrollo. 
necesita desde luego una legislación tan liberal 
y uniforme como sea posible, y para que una le- 
gislación cumpla esas condiciones, el poder de le- 
gislar el comercio debe ser tan ámplio y extenso 
que le permita combinar y dar dirección uniforme 
à todos los factores que directa ó indirecta¬ 
mente se relacionan con él. Tal es el concepto 
que debe presidir la legislación comercial, dado 
el desarrollo actual de las industrias, y tal ha sido 
sin duda el que han tenido los constituyentes nor 
teamericanos cuya obra ha sido seguida é imitada 
en nuestro pais. 
2—Nuestra Constitución, siguiendo su modelo. 
ha puesto en manos del Congreso la facultad de 
legislar el comercio y aun lo ha excedido, pues.
	        
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