Full text: Imhoff, Carlos: Constitucionalidad de los artículos 187 y 188 del Código de Comercio

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mos deeir que en la Repûblica Argentina ya no 
hay desiertos porque el ferrocarril está al alcance 
de toda zona productiva; entónces ella será más 
fuerte porque será más rica y más nación porque 
sus miembros estarán unidos por vinculos de 
acero; entonces no habrá provincias en estado de 
miseria vergonzante que se ven obligadas á pedir 
subsidios á la nación para presentarse vestidas 
con dignidad republicana; la inmensa llanura cu- 
bierta de pastos silvestres se tornará en campo de 
mieses, el bosque secular y el arenal aurifero se- 
rán explotados por miles de brazos y los cerros de 
las provincias andinas retumbarán bajo el combo 
del minero que abra sus opulentas entranas y no 
parecerán como hoy, desolados calvarios de las 
libertades pûblicas. 
2.—Estas consideraciones hacen que la cons- 
trucción de ferrocarriles y de otros medios de 
comunicación sea el más provechoso y patriótico 
programa que pueda desarrollar un gobierno, la 
más alta preocupación que deba inspirar la ac- 
ción de nuestros hombres pûblicos. Y en este 
orden de ideas estuvieron los constituyentes de 
1853, que penetrados de la excepcional necesidad 
de dotar á la Repûblica de extensas vias de 
comunicación, manifestaron este propósito en la 
manera especial como se refirieron á esta cuestión. 
Estas aspiraciones, digámoslo de una vez, si bien 
han encontrado apoyo en nuestras leyes, el pro¬ 
gruma ha debido sufrir las alternativas que han
	        
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