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juiera de sus hijos ó tras¬
cual puede mejorar á cualc
mitirla å un extrano.
Entre estos dos principios puede tomarse un ter-
mino medio que asegure á los herederos contra la
injusticia ó el capricho de un padre sin carino y per-
mita al testador repartir sus bienes segün las aptitu-
y merecimientos de sus hijos, que él mejor que
des
nadie está en condiciones de apreciar.